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México DF, mayo 17 de 2011.
En el Día Internacional de Lucha contra la homofobia, la organización civil Ombudsgay presentó en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en San José, Costa Rica, una argumentación jurídica y multidisciplinaria en respaldo a Karen Atala, mujer chilena que perdió la custodia de sus hijas por ser lesbiana.
«Aparte de los efectos que esa convivencia puede causar en el bienestar y desarrollo psíquico y emocional de las hijas, la eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores respecto de la cual deben ser protegidas, además, la convivencia entre Atala y su pareja, sitúa a las menores en un estado de vulnerabilidad en su medio social, pues es evidente que su entorno familiar excepcional se diferencia significativamente del que tienen sus compañeros de colegio y relaciones de la vecindad en que habitan, exponiéndolas a ser objeto de aislamiento y discriminación que igualmente afectará a su desarrollo personal», fueron los argumentos que utilizó la Corte Suprema de Justicia de Chile para quitar a Karen en 2004 de manera definitiva la custodia de sus tres hijas.
Sin embargo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a través de un informe de fondo señaló que el sistema de justicia chileno no sólo discriminó a la madre por su orientación sexual, sino también a las hijas, quienes fueron víctimas de violación de sus derechos a la vida familiar y privada.
De acuerdo con el organismo, los estereotipos de género y las concepciones falaces sobre la homosexualidad por parte de la Corte Suprema de Chile, intervinieron en esta decisión.
Por tal motivo, la organización Ombudsgay, defensoría de derechos humanos para el colectivo LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex) desde México, preparó un documento exhaustivo con la colaboración de un equipo multidisciplinario de expertas, expertos e instituciones, con la intención de que sea tomado en consideración por los jueces de la CoIDH en el presente caso.
Con base en los artículos 28 y 44 del reglamento del CoIDH, Ombudsgay promueve con esta acción la figura jurídica de Amicus curiae, la cual designa a una persona o institución ajena al litigio y al proceso, que presenta a la Corte razonamientos en torno a los hechos contenidos en el sometimiento del caso o formula consideraciones jurídicas sobre la materia del proceso, a través de un documento o de un alegato en audiencia.
Académicos e instituciones como la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y el Programa de Estudios de Género de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). aportaron en la elaboración de este documento de referencia.
Ombudsgay es una defensoría de derechos humanos para el colectivo LGBTI en México que participa, además, en el ámbito internacional. Empodera activistas al dotarlos de herramientas para hacer uso adecuado y efectivo del marco internacional de los derechos humanos y los distintos sistemas de protección y promoción aplicados a las problemáticas LGBTI.
Esa organización civil también monitorea y evidencia la homofobia en los ámbitos público y privado, patrocina a las víctimas, y busca llevar a los responsables ante la justicia mediante el litigio estratégico de casos paradigmáticos. Presiona al gobierno y a aquellos en posiciones de poder para que terminen con prácticas abusivas y respeten la dignidad inherente a todas las personas, bajo los principios de igualdad y no discriminación.
“Para esta defensoría la igualdad y no discriminación constituyen derechos humanos. No son una dádiva o prerrogativa que concede el Estado, sino condición inherente a las personas. Por tanto, son independientes de la orientación sexual. Es responsabilidad del Estado garantizar su respeto, ejercicio y protección conforme a los estándares más elevados en cada materia”, señaló Ombudsgay en un comunicado.